ACTIVIDAD
1. Que es propiedad intelectual?
2. Que es derecho de autor?
3. Que son derechos conexos?
4. Que legislación internacional
existe para proteger derechos de autor y cual nacional?
5. Que son los derechos morales?
6. Que son derechos patrimoniales?
7. Como se aplica la protección de
derechos de autor en entorno digital?
DESARROLLO
Respuesta:
La propiedad
intelectual es el derecho real sobre una cosa incorporal creada por medio
del intelecto humano dentro del ámbito científico, literario, artístico,
industrial o comercial. . Otorgando a su creador la potestad de gozar y
disponer de ella.
2. DERECHOS DE AUTOR
Se encarga del diseño,
dirección, administración y ejecución del derecho de autor
fortaleciendo la debida y adecuada protección
de los diversos titulares. Se utiliza para describir los derechos de los
creadores sobre sus obras literarias y artísticas estas van desde los libros, la música, la pintura,
la escultura y las películas hasta los programas informáticos, las bases de
datos, los anuncios publicitarios, los mapas y los dibujos técnicos.
Se representa por medio de este para
indicar que una obra está sujeta al derecho de autor.
3.DERECHOS DE CONEXO
Respuesta:
Los derechos conexos se otorgan a los
titulares que entran en la categoría de intermediarios en la producción,
grabación o difusión de las obras brindándole protección a quienes, sin
ser autores contribuyen con creatividad, técnica u organización, en el proceso
de poner a disposición del público una obra. Los derechos conexos se otorgan,
por lo general, a tres categorías de beneficiarios:
- A los artistas, intérpretes y
ejecutantes
- A los productores de fonogramas
- A los organismos de
radiodifusión
4. próxima clase
5. DERECHOS MORALES
Los Derechos
Morales en el Derecho de Autor consisten en el reconocimiento de la
paternidad del autor sobre la obra realizada y el respeto a la integridad de la
misma. Este derecho otorgan al autor facultades para:
· - Exigir que su nombre y el
título de la obra sean mencionados cada vez que ésta se utilice, publique o
divulgue.
· - Oponerse a las transformaciones
o adaptaciones de la misma si esto afecta su buen nombre o reputación.
· - Dejar la obra inédita o
publicarla en forma anónima o bajo un seudónimo.
· - Modificar la obra en cualquier tiempo y
retirarla de la circulación, previo el pago de las indemnizaciones a que haya
lugar.
6.DERECHOS PATRIMONIALES
Tratándose de su patrimonio,
un autor tiene el derecho de explotar su obra, o bien, autorizar o prohibir su explotación,
no dejando con esto de ser el titular de los derechos. Así, un autor puede
transmitir con libertad sus derechos patrimoniales: trasladarlos o adjudicar
licencias con exclusividad y no exclusividad de uso, durante un tiempo
determinado y de manera onerosa, quedando determinados los procedimiento y los términos para el pago de remuneraciones.
7. PROTECCIÓN DE DERECHOS DE AUTOR EN ENTORNO DIGITAL
El
uso de la tecnología tiene repercusiones significativas en el sistema de
derechos de autor y derechos conexos, ya que ésta permite la transmisión y
utilización en forma digital a través de redes interactivas de las materias
protegidas por ese régimen legal. La transmisión de textos, de sonidos, de
imágenes y de programas informáticos en Internet es ya habitual. Especial
referencia se hace a los siguientes aspectos: la adecuación legislativa en
materia de derechos de autor en el entorno digital; los nuevos géneros
creativos y las nuevas formas de explotación; la grabación y la transmisión
digital de obras; el derecho de reproducción en el entorno digital.
Integrantes:
Juan Pablo Serna Parra
Karen Saldarriaga Cuartas




